El 78% de votos obtenidos por la opción APRUEBO nueva Constitución en el plebiscito del 25 de octubre representa indudablemente, un triunfo esperanzador y relativamente sobrio para las fuerzas transformadoras que ven en ese resultado la posibilidad de entrar a disputar, los mecanismos y contenidos de la nueva Carta Magna. Y donde lo primero condiciona lo segundo. Sin lugar a duda, el dato más relevante es el 79% de votantes que marcó preferencia por la Convención Constitucional compuesta por 100% de ciudadanos mandatados para escriturar la nueva Constitución.
En dicho plebiscito, la ciudadanía chilena manifestó un repudio rotundo a la élite política que desde la ilegitimidad más absoluta pretende, hoy en día, seguir regulando y controlando el proceso constituyente mediante la ley 21200. Ley dictada, a espaldas del pueblo, con el propósito de desviar y escamotear las demandas populares y la celebración de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE que fue lo que el pueblo chileno reclamó a lo largo, ancho y fuera del país.
En consecuencia, en la actual fase del proceso constituyente, se requiere que el movimiento político-social siga más despierto que nunca para lograr la reapropiación de dicho proceso y la superación de los límites contenidos en la ley 21200.
Entramado jurídico de la ley 21200
- La pretendida “hoja en blanco” no es tal pues la disposición 135 de la ley 21200 condiciona de forma arbitraria cualquier deliberación que pudiera cuestionar el modelo económico vigente mediante la imposición del respeto de los Tratados de Libre Comercio firmados por Chile.
- La misma disposición 135 dice que, mientras dure la deliberación constitucional, la instancia constituyente no podrá negarle autoridad a la Constitución de 1980 ni a las autoridades que de ella deriven. Es decir, sería iluso -por nuestra parte- no pensar que desde la institucionalidad chilena – que rebalsa de neoliberalismo – no se seguirán dictando leyes con la idea de blindar el modelo. Como, por ejemplo, una pronta activación -en último trámite del Senado- de la aprobación del TTP11 bloqueando desde ya, cualquier propuesta legislativa que pudiera darse, en ese sentido, en la futura instancia constituyente. Este propósito se encuentra hoy en día, corroborado con la reciente visita del Canciller Andrés Allamand a la UE y el nuevo impulso que dio al TTP11 con, Angel Gurria, Secretario General de la OCDE y el compromiso de ambas personalidades para prestar asesoramiento en el desarrollo del Proceso Constituyente. Asesoramiento que rima más bien con intervencionismo solapado y que ciertamente, va a influenciar los contenidos de la Nueva Constitución.
- No se requiere ser un licenciado en matemáticas para entender que la exigibilidad del respeto de los altos quórums de 2/3 no opera de igual manera según sea el polo desde donde se legisle. Hay que considerar que es el polo transformador y refundacional el que requiere reunir un quorum de 2/3 para cambiar sustancialmente la Constitución. Contrariamente, el polo neoliberal continuista solo requiere reunir un quorum de 1/3+1 para bloquear cualquier propuesta constitucional transformadora. Tal fue el caso en Bolivia donde la derecha -entre bloqueo y bloqueo – alargó el Proceso Constituyente (2006-2009) para terminar retirándose sin reconocer la nueva Constitución y acusándola de ilegitima. Las consecuencias de dicha actitud de boicot se ven reflejadas hasta nuestros días.
- Tampoco es cierto que la posibilidad de ejercer el veto cruzado de 1/3+ 1 ubica a los dos polos en igualdad de condiciones. Hay que considerar que todo lo que no se constitucionaliza se deriva a la legislación parlamentaria a posteriori y a la ley; lo que nos conlleva a la elaboración de una Constitución minimalista tan propicia al funcionamiento del neoliberalismo. Entretanto, hasta el surgimiento de la nueva norma, sigue vigente aquella estipulada en la Constitución de 1980.
- Es equivoco sostener que, si el nuevo proyecto constitucional no estuviera a la altura de las expectativas del movimiento político- social, aún existe la posibilidad de rechazarlo en bloque en el plebiscito de salida y asunto arreglado. De ser así, lo único cierto es que nos quedamos con la Constitución de 1980.
O sea, que nadie se llame a engaño, no habrá Constitución con contenidos antineoliberales mientras el movimiento social no corra el cerco de lo estipulado en la ley 21200.
Lucha política: movilización, organización y unidad
Si nos atenemos a lo descrito más arriba concluimos que: mientras la deliberación constitucional se mantenga dentro del marco de las disposiciones de la ley 21200 estamos ante un escenario “gatopardista” y continuista o usando un lenguaje más simple: a un voladero de luces donde se revuelve todo para que nada cambie. Tal es la apuesta de algunos sectores de derecha e igualmente, de la clase política (sectores conservadores de la ex -Concertación y Nueva Mayoría) que también, llamaron a votar “Apruebo” y Convención Constitucional pero que de ninguna manera tienen interés en derogar o, al menos, reformar la ley 21200 para abrir puertas a la generación de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE originaria y soberana. Lo cierto es que desde hace 30 años se sienten muy confortables administrando el modelo y la Constitución de 1980. Son esos mismos sectores que hoy cantan victoria con los resultados del plebiscito haciendo – deliberadamente o por desconocimiento (cuesta creerlo) – caso omiso de la famosa ley 21200 y sus consecuencias en la determinación de los contenidos de la nueva Constitución.
Por otro lado, también es un hecho que el desarrollo de un Proceso Constituyente -como todo hito histórico- nunca se da en condiciones ideales de igualdad para las partes. Y obviamente que, para los sectores populares, esas condiciones son más adversas. Solo la conjugación asertiva de la organización, la movilización y la unidad de las fuerzas refundacionales pueden posibilitar el desplazamiento de la problemática desde el campo estrictamente jurídico hacia el sociopolítico. O, dicho en otras palabras, se trata de hacer prevalecer la legitimidad de la voluntad constituyente originaria por sobre la legalidad de la inicua ley 21200. Ley que no solo representa a una minoría de 20% de electores, sino que fue elaborada por un poder legislativo fuertemente cuestionado no solo cuanto a su representatividad sino también, cuanto a su probidad.
Sin embargo, la legitimidad de una lucha no siempre rima automáticamente con victoria. Trabajar para asegurar la victoria, requiere de conexiones no siempre evidentes entre las fuerzas sociales y políticas. Son dos caras de una misma moneda que deben marchar al unísono conjugando su capacidad de organización, convocatoria y movilización. En ese sentido, no podemos obviar que una parte – no menor – del naciente movimiento social (en rebelión) manifiesta una profunda desafección, desconfianza y bronca hacia los partidos políticos. Poco importa que sean de derecha, centro o izquierda o que hayan estado vinculados, de cerca, de lejos o de nada, a los centros del poder neoliberal y la gestión del modelo. Y esto es así a causa de aquellos partidos que, cuando les tocó gobernar se convirtieron en los mejores administradores del nefasto modelo neoliberal-pinochetista o como bien lo describe Tomás Jocelyn Holt en su libro “El Chile Perplejo” pasaron del “avanzar sin tranzar al tranzar sin parar”.
Por otro lado, esta dinámica antipartidista refleja también, la gran potencia del dispositivo ideológico neoliberal que impuso el divorcio entre lo político y lo social en desmedro del quiebre del tejido social y la emergencia del movimiento social como un actor político capaz de disputar el orden social. En el caso de Chile, todos recordamos la forma peyorativa con la cual el dictador Pinochet se refería a los “señores políticos” satanizando particularmente, a los partidos y movimientos de izquierda. O sea, los nuevos movimientos sociales – al desconocer y no diferenciar el rol que ha tenido cada partido político en la historia contemporánea de nuestro país – están reproduciendo el pensamiento del fallecido dictador convirtiéndose así, quiéranlo o no, en el reflejo de la cristalización de su obra y de todos los neoliberales que la continuaron.
Tareas y desafíos
Para seguir avanzando fructuosamente en este pedregoso camino que hemos decidido recorrer debemos seguir más despiertos que nunca y plantearnos las siguientes tareas:
Forjar listas unitarias para elegir el máximo de constituyentes con voluntad refundacional y antineoliberal. En ese sentido, el movimiento social debiera exigir – a los futuros candidatos a constituyentes – el compromiso de echar abajo las disposiciones de la ley 21200, tales como: el respeto de los Tratados de Libre Comercio, los altos quórums y también, la introducción del plebiscito popular intermediario para dirimir los puntos donde no se alcance el quorum de 2/3 pero que cuentan con una mayoría consistente. Esa regla fue adoptaba por la instancia constituyente en Sudáfrica y su sola existencia sirvió como elemento disuasivo para incitar a la minoría política blanca a ceder y negociar puntos que eran, inicialmente, intransables dando así, luz a una nueva Constitución en 1996.
Generar espacios de unidad entre los sectores políticos y sociales con vocación transformadora y refundacional. La ley 21200 plantea que la elección de constituyentes se hace bajo la reglamentación de la actual ley electoral de partidos políticos. Reglamentación que favorece la elección de candidatos que forman parte de grandes conglomerados. Esto sugiere hacer frente a dos situaciones: por un lado, evitar la dispersión de candidatos en varias listas; y por otro, incorporar candidaturas del movimiento social – sin afiliación partidaria pero que gocen de representatividad social.
Para superar dicha situación, desde las agrupaciones “Chile Digno y verde” y “Mesa de Unidad Social” se envían buenas señales en ese sentido. Sin embargo, aún subsiste mucha reticencia y prejuicios cuanto a las actitudes vanguardista o sectaristas de los partidos políticos y que solamente, serán desmontadas recorriendo el camino y forjando la unidad en la acción concreta.
Complementar y proyectar el Proceso Constituyente con otros momentos políticos
Experiencias como la de Colombia que generó una nueva Constitución a principios de los años 90, nos muestra que dotarse de una Carta Magna con contenidos sociales y democráticos no representa, por si sola, una solución. Al mismo tiempo, requiere dotarse de una institucionalidad y parlamentarios que legislen en favor de los preceptos y derechos consagrados en la nueva Constitución. En ese sentido, el espíritu transformador y refundacional del proceso constituyente debiera también reflejarse en los resultados de las elecciones de constituyentes, municipales y gobernadores regionales del día 11.04.21; y en la del día 21.11.21 para elegir presidente, parlamentarios y consejeros regionales.
Se requiere entender que la elaboración de un proyecto político debe transcender la coyuntura constituyente. Lo que presupone deponer enfoques parciales, cortoplacistas y también, superar viejas prácticas vinculadas con excesos de protagonismos, sectarismos, vanguardismos y ganas de llevarla. Prácticas que, por cierto, no son monopolio exclusivo del mundo político pues también, se encuentran insertas en el mundo social pasado, presente y naciente. Se requiere igualmente, por parte de los partidos políticos antineoliberales, ampliar la mirada hacia las señales que envía el movimiento social alternativo que ha demostrado claramente querer decantarse de la clase política neoliberal, corrupta y tramposa.
Solo así, lograremos una nueva Constitución que sea efectivamente garante – tanto en el papel como en la práctica – de derechos sociales, de instituciones democráticas, de soberanía económica, del respeto del medio ambiente y que sea también, inclusiva de los pueblos originarios y de todos los sectores excluidos del pais, incluso de nosotros mismos: los chilenos del exterior. Es un hecho que el dispositivo en vigor vulnera nuestros derechos electorales y constitucionales a causa de las enormes dificultades para el ejercicio del voto y también, a causa de nuestra exclusión, hasta la fecha, de la Instancia Constituyente.
La reciente desaprobación en la Cámara de diputados por la Derecha del proyecto de reforma que creaba 3 distritos con 2 representantes cada uno podría ser interpretado como un mal augurio, pero no todo está perdido y aún queda la posibilidad de una reforma constitucional para crear un distrito con dos representantes para el exterior presentada por la Senadora Isabel Allende y que esperamos sea tramitada prontamente.
L@s chilen@s del exterior hemos demostrado con creces nuestro compromiso y vínculo con Chile en las duras y maduras. Por ende, tenemos derecho a pronunciarnos – con voz y voto – sobre el pais que queremos y también porque tenemos nuestras propias necesidades y reivindicaciones que no tienen cabida en la institucionalidad chilena tal como está concebida hasta el día de hoy.
Patricia León
Licenciada en Ciencias Políticas
Coordinadora Red Europea de Chilenos por los Derechos Cívicos y Políticos
Miembro Colectivo Asamblea Constituyente Chile en Bélgica.