EL TRABAJO COMO UN VALOR CONSTITUCIONAL

Álvaro Alarcón, Psicólogo del trabajo -29/11/2020

Como sabemos, la Constitución es la base del estado de derecho de un país, generada por un poder constituyente que es expresión de la voluntad soberana del pueblo. Es decir, este cuerpo constitucional será el marco definitorio y jurídico de los diferentes campos de valores, identidades, poderes, libertades, derechos y deberes esenciales, fuerza de leyes, protecciones y actividades fundamentales de sustento del país y sus ciudadanos(as).

Entre otros dominios esenciales como la salud, la educación y la vivienda, la actividad laboral de la clase trabajadora, debiera tener un profundo reconocimiento en una futura Constitución. En este período sorprendente de pandemia, ha quedado demostrado el valor – no reconocido hasta hoy- del trabajo de sectores como el personal de salud pública, personal de mantención de servicios básicos urbanos y de aprovisionamientos diversos. Es una muestra inesperada de que toda sociedad sólo subsiste por el trabajo de su población activa y que todos los juegos neoliberales de transacciones financieras y “capitales productivos”, ocultan un hecho básico: la seguridad, el bienestar y la riqueza de una nación, se generan sólo en la actividad laboral del pueblo trabajador.

Los gestores neoliberales de las empresas, no tienen escrúpulos en hacer pesar los costos económicos de la epidemia en los asalariados(as) y aún de manera más rígida y brutal que antes; se estiman 3 millones de cesantes y un gran agobio de los trabajadores(as) para el período que se avecina.

El debate constituyente no podrá soslayar una definición constitucional del trabajo, como valor consubstancial de sostén de la nación.

Bárbara Figueroa, presidenta de la CUT, afirma: “Ir a disputar no solo el debate del modelo de desarrollo, sino el derecho al trabajo, las condiciones de las y los trabajadores. Y dejar atrás cuestiones como esa política del chorreo, eso ya no ocurrió, por algo hay tanta desigualdad y hubo un estallido social. Necesitamos mirar desde otro paradigma, pero para eso no basta con decir soy antineoliberal, hay que decir qué vamos a poner en el centro del debate. Nosotros, desde la CUT, queremos poner en el centro el valor del trabajo para construir desde ahí otra mirada respecto al país que queremos y con un modelo económico que sea sostenible y se haga cargo de una cuestión básica, que es proteger a la humanidad, es decir, no depredar el medio ambiente, darle todo el sentido al valor del trabajo, mejorar la calidad de vida de toda la gente” (1).

Por otro lado, el PC de Chile expresa en su convocatoria a su XXVI Congreso: “La dimensión de superación del neoliberalismo está determinada en concreto por el abandono del principio de estado subsidiario consagrado en el ordenamiento constitucional pinochetista. Es allí donde se inician una serie de consideraciones que limitan el ejercicio de derechos como educación, trabajo y salud y que han limitado la expresión de la soberanía, por carecer el Estado de importancia en la concepción de subsidiariedad y porque este principio es un factor relevante en la creación de las grandes inequidades del modelo. Alcanzar este objetivo es posible” (2).

El neoliberalismo contemporáneo, como forma económica y societal, lo situamos en su comienzo en los años 80. Teniendo Chile como un primer laboratorio, en el cual se instala sin obstáculos, aprovechando la brutal dictadura civil-militar pinochetista. Todos conocemos las características financieras, económicas y sociales de este sistema, pero igualmente -y proceso menos analizado- hay que destacar como ha ejercido influencia sobre la organización misma del trabajo.

Para describir esta situación, habría que hacer un paréntesis respecto a algunos aspectos históricos de la organización del trabajo.

Desde comienzos del siglo pasado, la organización del trabajo está imbuida por el taylorismo como “modernismo racional” (3). El taylorismo se impuso universalmente como organización para aumentar la rentabilidad del trabajo, pero al mismo tiempo contrarrestar el poder de la clase trabajadora, en una etapa de producción artesanal.

Sintetizando, el taylorismo es la división de las tareas de producción complejas en tareas simples, cronometradas, estandardizadas y de simple aprendizaje, con lo que se niega duramente el conocimiento profesional de los obreros. Enseguida, se separa el colectivo de trabajo entre una mayoría que debe ejecutar estrictamente (y “no pensar”) las tareas exigidas y una élite que reflexiona y prepara las tareas a exigir. Finalmente, se implanta un sistema de vigilancia y control por una jerarquía de jefes a todo nivel, secundados por metodologías precisas y minuciosas.

De aquí derivan todas las formas de trabajo rutinarias en serie o en cadena, “fordismo”, “fayolismo” (o taylorismo en las oficinas), “toyotismo”, etc. Están comprobadas las secuelas mentales nefastas, que tiene este control de la inteligencia y de la creatividad de un trabajador o trabajadora en su labor.

El taylorismo se aplicó también estrictamente en los países socialistas bajo la apelación de “stakhanovismo” (4); se afirmaba que el fundamento diferente de esos sistemas sociales, modificaría el aspecto pernicioso que dicha organización del trabajo tenía en el capitalismo.

En los años 70 en Chile bajo el gobierno de Allende, se suponía que el nuevo contenido de la dirección de las empresas del área social, con participación de los trabajadores(as), cambiaría el carácter de estas formas tayloristas de trabajar.

El taylorismo, con todas sus variantes, está plenamente vigente en la organización del trabajo actual. El neoliberalismo ha agravado sus características, introduciéndolo en todos los ámbitos de la gestión financiera, administrativa y laboral, a veces bajo la forma de un control digital estricto de las tareas más básicas de una actividad.

Este neotaylorismo se impone como una gestión “frugal y flexible” (Lean Management), esto es reducción máxima de stocks, costos y tiempo de producción o ejecución. Asimismo, búsqueda y eliminación de tiempos de producción “sin valor agregado” (disminución de pausas y descansos, instauración de lapsos de presencia sin remuneración, aumento del tiempo de trabajo), creando intensidades de actividad inútiles, que se transforman en agobio, ausentismo, penuria y cansancio.

El tema recurrente en este taylorismo agravado, es la “flexibilidad”. Flexibilidad del trabajo (disponibilidad máxima de la mano de obra, en todo momento, en todo horario, según las necesidades variables de la producción o servicios); flexibilidad del empleo (contratos precarios, de corta duración, subcontratos o contratos conllevando una supresión simple, que permita declarar en cesantía rápidamente y sin costos al personal en caso de necesidad de la empresa); flexibilidad de salarios, de calificaciones, recurso a subcontratistas, etc.

Adicionalmente, desestabilización de la presencia de los trabajadores(as) en su empleo, por medio de una comunicación que evoca el “fin del empleo estable”, acompañado de nuevos perfiles exigidos en los dispositivos de reclutamiento: la búsqueda de trabajadores(as) “todoterreno”, de colaboradores(as) flexibles, de empleados(as) multitareas, de trabajadores(as) “freelance”.

La automatización de tareas, acentúa la presión de este taylorismo neoliberal, creando cesantía o imponiendo contratos de “disponibilidad” en que el trabajador(a), en período de cesantía, debe estar a disposición del empleador cuando este le necesite. En otros casos, manteniendo una polivalencia a ultranza, obligando a empleados(as) que preservaron su empleo, a suplir fases automatizadas cuando éstas fallan.

Globalmente, el modelo neoliberal, influencia la gestión de las empresas y la organización del trabajo de dos maneras: primeramente, por una ruptura entre la conducción estratégica y la realidad productiva, salarial y humana de la entidad. Hay un predominio del poder de accionistas en quiebre con todo acuerdo social. Por otra parte, por une presión del mercado financiero globalizado, que impone reorganizaciones férreas y costosas socialmente para obtener rentabilidades altas y estables.

Destacan en la administración industrial, financiera y comercial, temas como “dowsizing” o reducción de personal, “reengineering” o reorganización de la producción según las exigencias inmediatas del cliente, “total quality management” o “calidad total” de productos y servicios.

Esta “calidad total”, es más bien calidad prescrita y publicitaria que calidad real y aquí volvemos a la necesidad primera, manifestada al comienzo de este artículo: rescatar la noción de trabajo y restituirle su nobleza.

Para la clase trabajadora, más allá de la explotación humana, de la irrelevancia que el trabajador(a) sufre, de las peripecias penosas del no reconocimiento de su labor, su búsqueda permanente es constatar la Utilidad de su trabajo. Y aún más, poder constatar si es posible la Belleza y la Perfección de su trabajo.

Sin embargo, vivimos en un sistema que no reconoce el trabajo y por añadidura una minoría profita de la rentabilidad de este trabajo y lo menosprecia.

El trabajo de calidad ha sido desviado y hasta pervertido. Además de la desvalorización, se ha impuesto a la calidad real del trabajo un resultado supuesto, publicitario, fraudulento, pero más rentable y fuente de jugosas ganancias. Como ejemplos están el ocultamiento de secuencias de producción fallidas, que pueden generar resultados de riesgo vital para el cliente; la utilización de medicamentos ineficaces y peligrosos, por motivo de rentabilidad. Más extensamente destacan la obsolescencia programada, y últimamente, la transacción en el mercado de aeronaves defectuosas por un consorcio norteamericano, sin tapujos ni escrúpulos, ocasionando cientos de víctimas.

Innumerables colectivos de trabajadores(as), cuadros técnicos y directivos son forzados a traficar la calidad de su trabajo, con el objetivo de preservar sus empleos, ganar partes de mercado o preservar flujos de rentabilidad. El neoliberalismo se ha transformado en un despotismo de mercado.

Dos grandes componentes debieran conformar la base de una juridicidad organizacional y del trabajo, por una parte, la justicia relacional, es decir el grado de humanidad, dignidad y respeto en el trato de los empleados(as) por sus superiores, y por otra, la justicia de procedimientos que aprecia de qué manera la empresa integra en sus decisiones, la opinión de quienes están concernidos por dichas decisiones.

  • Bárbara Figueroa, Equipo El Siglo. 23/11/2020.
  • Partido Comunista de Chile, Convocatoria al XXVI Congreso, 2020.
  • Taylor F.W. “La Dirección Científica de las empresas”, 1911.
  • En referencia a Alekseï Stakhanov, minero soviético que superaba las cuotas de extracción de carbón, en los años 30.

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